Por el bien de todos y el mal de ninguno
Urge recordar que las diferencias que mantiene la Argentina con Uruguay en puertos y vías navegables ya habían sido resueltas por Perón en 1973
Es tan evidente el contraste entre lo sucedido hace poco más de cuarenta años entre la Argentina y Uruguay lo que está sucediendo por estos días, que no podemos resistir la tentación de señalarlo.
La irritación producida por la posición de Estanislao Zeballos con respecto a los nulos derechos del Uruguay sobre el Río de la Plata a comienzos del siglo 20 se mantuvo afortunadamente por pocos años: hasta la firma del Protocolo Ramirez-Sáenz Peña en 1910.
En reiteradas ocasiones, el ingeniero Emilio Mitre (no era el unico de los argentinos) desestimó la doctrina postulada por Estanislao Zeballos y agregó que si ambos países acudieran a las instancias de un tribunal internacional la Argentina habría perdido el pleito.
Agregamos que algo similar ocurriría en la actualidad. Mitre era un verdadero rioplatense y partídario de llegar a una solución amistosa en las diferencias entre los dos países ribereños. Y así fue.
Más allá de las posiciones que parecían irreconcibiables-dado que la Argentina defendia el critario del thalweg (línea de vaguada, es decir, la línea que marca la parte más profunda del valle por donde discurre el agua) para definir los límites en el río, en tanto que Uruguay sostenía el de la línea media- agregaba además a estas divisiones el tema de la isla de Martín García y las delimitaciones de los derechos pesqueros.
Punto final
El trabajo final y actualmente vigente se firmó el 19 de noviembre de 1973 y es el ejemplo más acabado de cómo dos países hermanos y vecinos pueden llegar, si se lo proponen sinceramente, a un acuerdo satisfactorio para ambas partes.
El clima de comienzo de los años setenta dista tanto del clima actual que señalarlo con sumo énfasis es el objeto de esta nota.
Generalmente se adjudica la buena vountad argentina al gobierno de Juan Domingo Perón que consideró justos y equitativo los términos del tratado.
Si bien es innegable su decisiva participación en llegar a un acuerdo, la verdad es que las tratativas se estaban desarrollando desde hacía algunos años.
El Tratado del Río de la Plata es no solamente una demostración de la más que centenaria hermandad entre los dos pueblos, sino que además constituye una pieza jurídica que se acerca a la perfección.
Es de una armazón jurídica impecable que concilla los intereses de las dos naciones y un verdadero ejemplo de que con buena voluntad y con inteligencia se puede llegar a encontar las soluciones a los diferendos.
Consecuencias del tratado
A partir de su firma y dentro del marco de comprensión creado, se construyeron los dos puentes internacionales, la represa de Salto Grande y el Canal Martín García.
En uma, un modelo en el cual deberían mirarse los agresivos funcionarios de hoy que anclados en arcaícas concepciones imprantes hace más de un siglo deberiían tener en cuenta y actuar en consecuencia. Será por el bien todos y por el mal de ninguno.
Fuente: LA NACIÓN